sábado, 16 de marzo de 2013

Compatibilizar pensión de jubilación con seguir trabajando.

RDL 5/2013 de Medidas para Favorecer la continuidad de Trabajadores de Mas edad y promover el envejecimiento activo. 

http://www.boe.es/boe/dias/2013/03/16/pdfs/BOE-A-2013-2874.pdf

Requisitos: 
  • Debe haber llegado a la edad de jubilación. 
  • Debe corresponderle el 100 % de la base reguladora. 

Se puede compatibilidad la pensión de jubilación con el trabajo RGSS o RETA. 

Percibirán el 50% de la pensión de jubilación + la retribución por su trabajo. 

La cotización será del 8 %, en caso del RGSS 6% corresponde al trabajador y 2 % al empresario, RETA 8% al autónomo. 

Este tiempo trabajado no computa a efectos de cálculo de la prestación. Cuando finalice pasará a cobrar el 100 % de la pensión de jubilación. 


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