lunes, 15 de julio de 2013

Socio que quiere abandonar la sociedad

Para abandonar la sociedad uno de los socios unilateralmente deben de darse determinadas condiciones:
- Mirar lo que pone en los estatutos al respecto.
- Si estatutos no ponen nada, hay que acudir a la Ley de Sociedades de Capital.

  • Modificación del objeto social
  • Transformación en sociedad colectiva o comanditaria. 
  • Traslado del domicilio social al extranjero
  • Prórroga o reactivación de la sociedad. 
  • Creación, modificación o extinción de realizar préstamos accesorios a los socios
  • Modificación del sistema de participaciones sociales



Si estamos en este caso.

  1. La Sociedad debe pagarle la participación del socio valorada a precio de mercado. 
  2. Lo puede valorar un tercero de mutuo acuerdo partes o bien un experto independiente si no hay acuerdo. 
  3. El precio se puede pagar en metálico o en activos de la empresa. 
  4. Obligatoriamente ir a notario para hacer una reducción de capital por el importe pagado y firmar los nuevos estatutos. 


Si no estamos en ninguno de estos casos:

No se puede obligar ni a la sociedad ni al socio la adquisición de participaciones de la empresa.
Puede vender libremente su participación a un tercero, siempre que hay alguien que se lo pague.
Los otros socios, tienen derecho de adquisición preferente.

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