miércoles, 5 de marzo de 2014

APL Crowdfunding

28 F el Gob. anunció regulación del crowdfunding.

Principales novedades:


  • Deberá incluirse PFP (plataforma de Financiación Participada) en la denominación social.
  • No son inversiones profesionales. 
  • La financiación debe ir enfocada a un proyecto concreto. 
  • Los requisitos para que la entidad obtenga su inscripción en con PFP son muy rígidos: selección de socios, capital social elevado, o seguro de responsabilidad también elevado. 
  • La inversión se limita a 3000 euros por proyecto y año y 6000 euros por plataforma. 
  • La inscripción de las plataformas de Crowdfunding en el Banco de España o la CNMV, con su consecuente proceso de aprobación como requisito previo a la entrada en funcionamiento de las mismas.
  • La transparencia exigida en cuanto al funcionamiento de la plataforma y la naturaleza de las operaciones publicadas. 
  • La obligación de unos criterios de información mínimos relacionados con la actividad.

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