jueves, 22 de noviembre de 2012

CAPITALIZAR EL PARO


Para capitalizar el paro para montar una empresa deben cumplirse una serie de requisitos:

  • Tener concedida dicha prestación y no haber iniciado la nueva actividad antes de hacer dicha solicitud.
  • Tener pendiente de cobro, al menos, tres meses de esa prestación.
  • No haber solicitado la capitalización en los últimos cuatro años.

Si la nueva actividad se va a realizar a través de una cooperativa o de una sociedad laboral, debemos participar en ella como socio trabajador con carácter indefinido, no temporal.

El dinero recibido como capitalización de la prestación por desempleo ha de destinarse al proyecto empresarial, pero además ha de utilizarse siempre para inversión en inmovilizado. No puede utilizarse para financiar circulante ni para tener un colchón económico con el que afrontar los gastos iniciales.

A las condiciones anteriores hay que añadir los condicionantes adicionales existentes para la capitalización para los autónomos, para crear una Sociedad Laboral o una cooperativa. 

En cualquier caso, la idea de pactar con la empresa un despido para posteriormente solicitar la capitalización anticipada de la prestación y montar una empresa que dé servicios a la primera, no es una fórmula aceptada por la Administración.

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