son dos cosas diferentes aunque se hagan en la misma escritura pública ante notario.
- Compraventa de participaciones de S.L.: Hay que indicarlo en el Impuesto de Sociedades indicando el nombre apellidos, DNI y participaciones del nuevo socio. No es necesario al Rgtro Mercantil. Si no se hace en el I.Sociedades, AEAT puede poner sanción o multa administrativa.
- Cambio de administrador: Hay que comunicarlo al R.Mercantil y a AEAT, en el caso contrario el nuevo administrador no tendría firma
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